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En una semana de macro-puente (combinando los fines de semana y las festividades de la Constitución y la Inmaculada Concepción se pueden enlazar nueve días de vacaciones) y de Operaciones salida y retorno, la DGT añade a su dispositivo de control una campaña especial de controles intensivos de alcohol y drogas, en unos días en los que pueden empezar a predominar las comidas y cenas de empresa.
Controles intensivos de alcohol y drogas
Tendrá lugar desde hoy lunes, 5 de diciembre, hasta el domingo 11. Es habitual que en estas mismas fechas, año tras año, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil efectúe controles de alcohol y drogas (ya se hizo en 2021 también coincidiendo con el puente). En este caso, además, es una campaña europea en la que participan las policías de tráfico que conforman ROADPOL.
La incidencia del alcohol y las drogas en la siniestralidad en las carreteras españolas es muy alta, según los datos que maneja la DGT. Casí en el 50% de los fallecidos en carretera en 2021 se detectó a presencia de alcohol, drogas o psicofármacos y es un factor concurrente en el 31% de los accidentes con víctimas.
Cuál es la tasa de alcohol permitida en España
Como recordatorio, hay que tener en cuenta que la tasa máxima de alcohol permitida en España es diferente en función del tipo de conductor, ya seamos noveles (con menos de un año de carnet), conductores en general o profesionales.
Los noveles tienen fijado un tope de 0,3 gramos de alcohol por litro de sangre o 0,15 mg por litro de aire espirado, según las dos formas de medición que se aplican para delimitarla. En el caso de los conductores en general la tasa máxima pasa a ser de 0,5 gramos por litro o 0,25 mg/l en aire. Finalmente, los profesionales comparten la misma tasa que los noveles: 0,3 gr/l y 0,15 mg/l .
Desde mayo, la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial también obliga a los menores de edad que conduzcan cualquier vehículo (por ejemplo, patinetes o bicis eléctricas) a tener tasa de alcohol 0,0%.
Además, la DGT recuerda que con tasas superiores a los 3 gr/l, la embriaguez se considera profunda hasta el punto de hacer la conducción imposible. Por encima de esas cifras, con más de 4 gr/l existe posibilidad de sufrir un coma etílico y con más de 5 gr/l, incluso la muerte.
Multas: hasta 1.000 euros y seis puntos
Las multas por superar la tasa de alcohol permitida son muy duras ya que siempre se consideran graves, aunque su cuantía (tanto en lo económico como en puntos del carnet) depende de en cuánto se supere el tope máximo.
Estar simplemente por encima de la tasa que nos corresponda supone una multa de 500 euros y la pérdida de 4 puntos del carnet. Si se dobla la tasa permitida la sanción se dispara hasta los 1.000 euros y los seis puntos.
En el caso de los estupefacientes, si se detectan drogas en el organismo conlleva una sanción única, la más grave: 1.000 euros de sanción y seis puntos.
Negarse a pasar las pruebas, que son obligatorias, está castigado incluso aún más duramente, con penas de prisión de entre 6 meses y 1 año y la privación de la posibilidad de conducir durante 1 a 4 años. También se considera pena muy grave superar los 0,60 mg/l o los 1,2 g/l, en cuyo caso el castigo de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses (o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días) y la privación del derecho a conducir entre 1 y 4 años.