- Tráfico. ¿Aviso para las Zonas de Bajas Emisiones españolas?: las ZBE de Francia, abolidas
- ITV. La excepción que ya aplica Madrid para que los coches sin etiqueta puedan circular por toda la ciudad
Aunque el despliegue de las Zonas de Bajas Emisiones por nuestro país va más retrasado de lo previsto (a estas alturas todas las localidades de más de 50.000 habitantes ya deberían tener una activada), el Gobierno no está de brazos cruzados y ya prepara una modificación del Real Decreto que las regula (el 1052/2022) y de algunos puntos del Reglamento de Circulación que lo complementarían.
Recordemos que actualmente el a las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) está únicamente condicionado al etiquetado medioambiental de nuestro coche (en base a sus emisiones de CO2), si bien hay algunas excepciones que, en su mayoría, son funcionales (vehículos de emergencia, residentes...). Y, a día de hoy, la principal restricción que contemplan -si bien cada Ayuntamiento puede fijar sus condiciones- es la de prohibir el a los coches sin etiqueta.
Nuevas restricciones para las ZBE
Sin embargo, el Gobierno está preparando una vuelta de tuerca que endurecería notablemente esas condiciones de , incluyendo algunas bastante polémicas y que pueden complicar muy mucho el uso del vehículo particular en las ZBE (recordemos que, como ejemplo paradigmático, todo el término municipal de Madrid está 'protegido').
Lo hemos conocido a raíz de la publicación de Proyecto de Real Decreto que modifica la regulación actual de las Zonas de Bajas Emisiones, un texto que deberá ser negociado y aprobado (por tanto no es definitivo), pero que ya muestra por dónde van las intenciones del actual Ejecutivo en este apartado.
El Gobierno quiere actuar porque considera que "durante el tiempo de vigencia del Real Decreto se ha puesto de manifiesto la necesidad de establecer unos criterios que garanticen la implantación efectiva de la norma", así como "medidas que garanticen la efectividad de la ZBE y el cumplimiento del objetivo de estas". También apunta que "a la vista de recientes iniciativas en algunos municipios se hace preciso una actualización de la regulación vigente sobre supuestos de ordenación especial del tráfico".
Prohibido acceder con un único ocupante
Sin duda, la modificación más polémica y radical es la que se refiere al artículo 37 bis del Reglamento General de Circulación, que es el que recoge las restricciones que pueden poner en práctica los Ayuntamientos. El nuevo texto impondría tres criterios en los que se podrían basar los s a las ZBE, todos ellos independientemente de los criterios medioambientales, es decir, que vendrían a sumarse.
El primero sería la "disponibilidad de sistemas avanzados de asistencia a la conducción en el vehículo"... medida que abre la puerta a discriminar a coches menos equipados o más viejos, incluso con un mismo nivel de etiquetado. El segundo se refiere al "servicio al que se destina al vehículo" (algo que en algunos casos ya estaría contemplado actualmente -por ejemplo, en vehículos de emergencia o incluso si vamos con nuestro coche a una ITV situada dentro de una ZBE-).
Pero es el tercero de los que aparecen en el proyecto de Real Decreto el que más nos llama la atención, por ser además el más delicado. Se refiere al "número de ocupantes del vehículo", una preocupación que ya ha sido manifestada en el pasado por Pere Navarro, director general de Tráfico, cuando abogó porque el uso del coche fuese más compartido.
Recordemos que en algunas localidades, por ejemplo, Madrid, ya existen carriles específicos, denominados Bus-VAO (para autobuses y vehículos con alta ocupación) pero cuya finalidad es dar más fluidez al tráfico en puntos críticos de embotellamientos (aunque también se 'premia' a los vehículos con etiqueta CERO para poder usarlos). La aplicación de un control de ocupación como criterio de a una ZBE sería un paso más allá en este tipo de actuaciones de tráfico.
El Gobierno quiere 'blindar' las ZBE
El otro cambio importante que pretende el Gobierno socialista es un 'blindaje' de las Zonas de Bajas Emisiones de forma que ningún ayuntamiento contrario a esta medida pueda sortear su aplicación mediante controles 'blandos'.
Para ello, ha modificado el artículo 10 bis del RD 1052/2022, obligando a los ayuntamientos a publicar la normativa municipal en la que se establece "la delimitación de la ZBE", así como de las "prohibiciones o restricciones de vehículos". También requiere que se establezcan los "sistemas activos de control de s, monitorización y seguimiento" y -por supuesto- "el régimen sancionador".