Los agentes que están al frente de la acusación en el procedimiento en el que fue juzgada María León, han recurrido la sentencia que condenó a la propia María al pago de una multa de unos 5.700 euros por dos delitos: de resistencia y otro más leve de lesiones. Todo viene por el incidente que León tuvo con la Policía Local de Sevilla en octubre de 2022.
Esto es lo que piden los agentes para María León
Lo que dictó el Juzgado de lo Penal 12 de Sevilla, según apuntan varias fuentes cercanas al caso a la agencia EFE, no les parece nada bien a los agentes que han recurrido, que dicen que los dos delitos por los que se acusó a María León no son los adecuados, ya que consideran debió ser acusada de un delito de atentado y no de resistencia conforme a los requisitos del mismo y a la jurisprudencia.
Del mismo modo, María León dice que acepta su condena inicial al no haber recurrido dentro de los plazos la sentencia del Juzgado de lo Penal 12, tal y como cuenta este martes, 27 de mayo, el Diario de Sevilla.
Tal y como recoge la sentencia recurrida ante la Audiencia y que fue notificada a finales del mes de marzo y a la que tuvo EFE y de la que dio todos los detalles el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en un comunicado, María León fue totalmente absuelta del delito de desobediencia por el que se le condenó el pasado 14 de marzo.
En la sentencia, se condenó a la actriz a que pagase 4.800 euros por un delito de resistencia y al abono de una multa de 900 euros por un delito leve de lesiones. Se absolvió a los otros dos acusados que fueron enjuiciados al lado de León por delitos de atentado, desobediencia y resistencia.
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