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Aún no ha comenzado la campaña electoral para las elecciones generales del 23 de julio y ya han llegado algunas medidas de interés para los ciudadanos, entre ellas la que establece una deducción del 15% del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) para quienes compren un coche eléctrico nuevo.
El anuncio hace dos días por parte del Gobierno de Pedro Sánchez se ha concretado hoy finalmente con la publicación de la "letra pequeña" en el Boletín Oficial del Estado, donde se establecen todas las condiciones para esta nueva ayuda, que está ya disponible a partir de hoy. Vamos a repasar los puntos clave.
¿Cuánto dinero nos podemos ahorrar?
Esta es la primera duda que queda resuelta, ahora ya sí con datos fehacientes y no con especulaciones. Como se había adelantado, el tope máximo del que nos podremos desgravar es de 20.000 euros. Esa será la base máxima de la deducción, lo que significa que da igual si el coche cuesta 30.000 que 45.000 euros: será sobre los primeros 20.000 euros sobre los que nos descontaremos ese 15%.
Eso significa que prácticamente siempre (si compramos un coche, al menos, nos vamos a ir por encima de 20.000 euros) el descuento en base a la deducción por IRPF será de 3.000 euros (por tanto, para un total máximo de 10.000).
Sólo en los casos de los modelos más baratos en los que, además, tengamos las máximas ayudas del Moves III, conseguiremos una deducción menor a esos 3.000 euros: por ejemplo, si compramos un Dacia Spring de 20.000 euros y tenemos ayudas de 7.000, nos deduciremos el 15% respecto de 13.000 euros. Porque el BOE establece que se deberán descontar "aquellas cuantías que, en su caso, hubieran sido subvencionadas o fueran a serlo a través de un programa de ayudas públicas" y fuentes jurídicas consultadas por MARCA Coches explican que las cuantías del Moves III se descontarán respecto al precio del coche con impuestos.
¿Qué vehículos tienen deducción en el IRPF?
Otro punto importante es saber qué tipo de vehículos pueden beneficiarse del incentivo fiscal del gobierno. El primer límite lo pondrá su precio. No todos los eléctricos podrán tener deducción fiscal. De hecho, será el mismo límite que el de las ayudas del Plan Moves III: hasta 45.000 euros antes de impuestos o 53.000 impuestos incluidos para los turismos.
Hecha esta primera salvedad, el BOE establece que serán los "vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y también los puntos de recarga". Es decir, se abre a eléctricos puros, híbridos enchufables (a diferencia de lo que sucede con el Moves III, sin distinción de autonomía), vehículos eléctricos de autonomía extendida, de hidrógeno, e híbridos con pila de combustible de hidrógeno.
Según establece la normativa, tendrán cabida no solo turismos (M1) sino también cuadriciclos ligeros (tipo Citroën AMI), cuadriciclos pesados (tipo Renault Twizy) y motocicletas (con autonomías superiores a 70 km)... siempre de propulsión eléctrica.
¿Cuándo se cobran las ayudas?
Es una de las grandes pegas de esta medida... que no ha arreglado la gran carencia del Plan Moves III, que tampoco se cobra de forma inmediata.
Para conseguir la desgravación del 15% habrá que esperar al siguiente periodo impositivo respecto al año en el que hayamos comprado el vehículo. Si, por ejemplo, lo compramos en enero de 2024 (el peor de los casos)... tendremos que esperar un año y medio, hasta la campaña de la Renta de ese ejercicio, para obtener las vetajas fiscales.
Puntos de recarga
En el caso de que ya tengas coche y lo que busques sea instalar un punto de recarga en tu domicilio, el sistema para obtener la desgravación es similar. En este caso el tope máximo a desgravarse será de 4.000 euros y, como en el caso de la compra de un vehículo, habrá que descontar la cantidad que te haya concendido el Moves (si es el caso), para calcular la base sobre la que te desgraves el 15%.
Es importante apuntar también que para obtener la desgravación fiscal el coche no puede estar afecto a una actividad económica (es decir, los autónomos no podrán beneficiarse de ello) y, en el caso de que posteriormente fuese así, perdería la ayuda.
¿Hasta cuándo durará la ayuda?
El Boletín Oficial del Estado establece que las ayudas estarán vigentes desde la publicación de la norma, es decir, desde hoy 28 de junio, hasta el 31 de diciembre de 2024. El Gobierno anunció esta medida con vocación de continuidad más allá de esa fecha... aunque esto ya entra en el terreno de los futuribles.